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martes, 29 de diciembre de 2009

LlEGO EL FIN DE LA IMPUNIDAD? II

Para que el gobierno, específicamente el órgano Ejecutivo, demuestre que su actuar se aleja de las acusaciones y especulaciones que mencioné al final de la primera entrega sobre este tema, debe mantenerse al margen de lo que ocurre. Ya son comunes las expresiones populares de que el gobierno está haciendo lo correcto. Esa afirmación indica una distorsión total de los roles de cada órgano del Estado. Si aceptáramos esa propuesta, habríamos de consentir que el órgano Ejecutivo se encuentra en estos momentos ejerciendo las funciones del Ministerio Público, lo cual sería incorrecto, peligroso y por encima de todo, INCONSTITUCIONAL.

Lamentablemente, la impresión de una injerencia indebida sobre el Ministerio Público no parte sólo de los comentarios de la gente de a pie. En lo que va del día he escuchado a varios funcionarios del gobierno tratando de identificar las recientes acciones que se han dado contra ex funcionarios como "logros" de su administración. Creo que estas personas han hablado sin pensar y alguien les debe explicar que, de acuerdo con la Constitución y la Ley, el Ministerio Público no es parte de la administración y en este caso puntual, su cabeza ni siquiera fue nombrada por el actual órgano Ejecutivo. Por tanto, cualquier avance que los últimos acontecimientos puedan significar, si se están respetando las reglas de separación de los poderes, sólo puede ser atribuído al propio Ministerio Público, que es el mismo que ejercía funciones cuando el Presidente de la República era Martín Torrijos Espino.

En el caso de las acusaciones de que aquí existe una motivación de "circo" para el pueblo, toca al Ministerio Público dejar claro que no está siendo motivado ni manipulado desde afuera. Para ello, sería importante que se mantengan las reglas de juego escritas y no escritas, es decir, que en sus decisiones prevalezca el sentido común y la práctica jurídica consuetudinaria en Panamá. Llama la atención, por ejemplo, que en estos casos se han girado órdenes de conducción automáticas contra personas que nunca fueron citadas ni siquiera una vez. En cambio, en uno de los casos del alcalde capitalino se le citó tres o cuatro veces, incumplió todas las citaciones y nunca fue ordenada su conducción. Igualmente extraño a la práctica judicial común es el hecho de que en todos los casos se ha utilizado la medida cautelar más grave, es decir, la detención preventiva, siendo del conocimiento de los fiscales que, existiendo en Panamá la presunción de inocencia, la detención preventiva sólo debe ser empleada en última instancia y contra personas que pongan en peligro la integridad de los demás o hayan demostrado que tienen intenciones de evadir el proceso que se les sigue. Vale destacar que este es el caso de Belgis Castro, quien se merece plenamente el tratamiento que se la ha dado, por haber violado, en menos de 24 horas, la medida cautelar que reemplazó su detención.

Finalmente, es vital para su credibilidad que el Ministerio Público demuestre con hechos que no está "escogiendo" o "seleccionando" de manera subjetiva a las personas que investiga. Acusaciones, comentarios e informaciones similares a los publicados en los últimos meses en varios medios de comunicación y que dieron origen a estas investigaciones, han sido de conocimiento público por años. Habiéndose decidido el Ministerio Público a actuar sobre esa base, ahora su credibilidad depende de que haga lo mismo en todos los casos y se ponga a revisar las hemerotecas y archivos pertinentes.

Este capítulo de nuestra historia sólo comienza, pero por ahora creo firmemente que si el gobierno nacional y el Ministerio Público hacen lo correcto, podemos tener la esperanza de que este sea el inicio del fin de la impunidad.

QUE ESTÉN BIEN!!

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